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Plan de preparación familiar en California: pasos y documentos si detienen a un padre o una madre

Última revisión: 14 de octubre de 2026 · Información general, no asesoría legal. RightForms no es un bufete de abogados.

Respuesta breve

Un plan de preparación familiar define quién cuidará a los hijos si detienen o deportan a un padre inmigrante. En California incluye pasos gratuitos, como la tarjeta de emergencia escolar, y a menudo documentos: la declaración del cuidador, que él firma cuando el niño ya vive con él, y la propuesta de tutor del padre o la madre, que indica su preferencia al tribunal. Solo el tribunal nombra al tutor.

¿Qué es un plan de preparación familiar?

Es un plan por escrito sobre quién cuida a los niños, y cómo, si detienen o deportan a la mamá o al papá, o si no puede volver a casa. No es lo mismo que un "plan de emergencia familiar" para terremotos o incendios: esta página trata del plan para familias inmigrantes. El sitio de autoayuda de las cortes de California recomienda hacer uno a quien pregunta cómo prepararse para una detención o deportación, y enlaza la guía gratuita del Immigrant Legal Resource Center (ILRC) en inglés y en español (Cortes de California). La ley AB 495 (capítulo 664 de las leyes de California de 2025), llamada Family Preparedness Plan Act of 2025, cambió varias de las reglas de esta página a partir del 1 de enero de 2026.

Un plan no es un solo formulario. Casi todo es práctico y gratis. Los documentos firmados son una parte: le dan al cuidador autoridad por escrito para cosas concretas, como inscribir al niño en la escuela o dar consentimiento para atención médica, algo que un acuerdo de palabra no da.

¿Qué incluye un plan de preparación familiar?

La mayoría de los planes incluyen los mismos pasos, y casi todos son gratis; la guía del Procurador General de California (Attorney General) para escuelas TK-12 (diciembre de 2025) menciona muchos de estos puntos para las familias:

  • Un cuidador de confianza para los padres y el niño, que aceptó de antemano, incluido cuánto tiempo podría durar y quién paga qué.
  • La tarjeta de emergencia de cada escuela y guardería, con ese cuidador anotado (vea la siguiente sección).
  • Números de teléfono. Los niños saben a quién llamar; los padres se saben de memoria o llevan el número de quien pondría el plan en marcha.
  • Papeles, llaves y copias. Actas de nacimiento, pasaportes, tarjetas de Seguro Social, tarjetas del seguro médico y expedientes médicos en un lugar conocido, decidiendo quién tiene llave y quién tiene copias.
  • Información médica de cada niño: enfermedades, alergias, medicinas, doctor y seguro.
  • Pasaportes. Para un menor de 16 años, el pasaporte estadounidense en general requiere a ambos padres, o a uno con el consentimiento del otro firmado ante un notary public (formulario DS-3053) o con prueba de custodia exclusiva (22 CFR §51.28). En California, ser notary public no significa ser abogado: solo verifica la identidad y la firma.
  • Datos privados: el A-number (número de registro de extranjero) del padre o la madre, si lo tiene, y el teléfono del consulado, guardados donde solo el cuidador los encuentre.
  • Consulta migratoria sobre el caso del padre o la madre, con un abogado con licencia o una organización sin fines de lucro de servicios legales de inmigración.
  • Una conversación con los niños sobre quién los cuidaría.

¿Quién puede recoger a mi hijo de la escuela si me detienen?

En California, cuando un padre no está disponible, la escuela empieza por su propia información de contactos de emergencia, así que los adultos anotados en la tarjeta de emergencia del niño son las primeras personas a quienes acude. El Education Code §49408 permite que el distrito escolar pida a los padres mantener esa información al día, incluido un pariente o amigo autorizado para cuidar al niño en una emergencia si no se puede localizar a los padres.

El Education Code §234.7(d) trata justo esta situación: si un empleado de la escuela sabe que el padre, la madre o el tutor no está disponible para cuidar al alumno, la escuela debe usar primero las instrucciones de los padres que están en la información de contactos de emergencia para organizar su cuidado. La misma subdivisión anima a las escuelas, sin obligarlas, a no llamar a los servicios de protección infantil (CPS) salvo que no puedan organizar el cuidado de esa forma o con otras instrucciones de los padres.

Las guarderías con licencia y los programas preescolares estatales exentos de licencia, cuando saben que un padre no está disponible, deben agotar primero las instrucciones de los padres que aparecen en la información de contactos de emergencia del niño (Health and Safety Code §1597.640(d)). La frase sobre no llamar a CPS solo aparece en la ley para escuelas (Education Code), no en la de guarderías.

El modelo de política del Procurador General, que los distritos escolares, las oficinas de educación del condado y las escuelas chárter debían adoptar (o uno equivalente) antes del 1 de marzo de 2026, dice que, si detienen o deportan a un padre, la escuela entrega al alumno a los contactos de emergencia o, como alternativa, a un adulto que presente una declaración del cuidador firmada. Esa declaración se firma solo cuando el niño ya vive con el cuidador, así que el día de una detención lo que la escuela suele tener es la tarjeta de emergencia.

Importante: estas obligaciones dependen de la información de contactos de emergencia que guarda cada escuela o guardería, no de papeles guardados en casa; por eso el paso al que se refiere la ley es actualizar esa información. La guía del Procurador General agrega que las familias "deberían pensarlo con cuidado antes de guardar un plan de seguridad familiar en la escuela, ya que algunos planes pueden incluir información confidencial".

¿Quién puede cuidar a mis hijos si me detiene ICE o me deportan?

Los padres conservan la custodia: en California solo una orden judicial, como una tutela (guardianship), quita la custodia legal a un padre, así que los documentos de un plan dan al cuidador una autoridad limitada y concreta (Cortes de California, opciones distintas a la tutela). Eso es lo que se puede decir en general a la pregunta "¿qué pasa con mis hijos si me deportan?":

  • Escuela y atención médica: un cuidador que firma la declaración del cuidador cuando el niño ya vive con él (Family Code §6550), o un adulto a quien el padre o la madre autoriza por escrito para consentir atención médica y dental (Family Code §6910). Con la declaración del cuidador, una decisión médica contraria de los padres sigue mandando, salvo que ponga en peligro la vida, la salud o la seguridad del niño (§6550(b)).
  • Ausencias largas: solo un tribunal nombra a un tutor. La propuesta de tutor escrita por los padres le dice al tribunal a quién eligen, y el tribunal debe darle la debida importancia (Probate Code §1502(a)), pero es el tribunal quien decide.

Con una petición de tutela, el tribunal también puede nombrar como tutores conjuntos (joint guardians) al padre o la madre con la custodia y a la persona que propuso, cuando ese padre no está disponible por un tiempo; la familia no puede crearla solo con papeles. Las condiciones están en la ley:

If a custodial parent is temporarily unavailable due to circumstances, including, but not limited to, a serious medical condition or disability, military service, incarceration, or an immigration-related administrative action, specified in the parent's nomination of a guardian, the court, in its discretion, may appoint the custodial parent and the person nominated by the custodial parent as joint guardians of the person of the minor. A nomination made pursuant to this subdivision shall not be made over the objection of a noncustodial parent without a finding that the noncustodial parent's custody would be detrimental to the minor, as provided in Section 3041 of the Family Code.

Probate Code §2105(g)(1), texto según leginfo.legislature.ca.gov, verificado el 7 de julio de 2026

En resumen: aplica a un padre o una madre con la custodia que no está disponible por un tiempo por las circunstancias indicadas en su propuesta (entre ellas, una acción administrativa migratoria); el tribunal decide a su criterio, y si el padre o la madre sin custodia se opone, la ley exige primero determinar que la custodia de ese padre perjudicaría al niño (Family Code §3041). La tutela conjunta ya existía antes (§2105(f), para un padre con una enfermedad terminal); AB 495 agregó esta vía y volvió confidenciales los expedientes de estos casos (§2105(g)(3)). Si no se localiza a ningún padre ni cuidador, pueden intervenir CPS y los tribunales, y ningún documento decide cómo termina un caso concreto. Las preguntas sobre el caso migratorio corresponden a un abogado de inmigración o a una organización sin fines de lucro.

¿Qué documentos pueden formar parte de un plan de preparación familiar?

Las guías de las cortes y de organizaciones sin fines de lucro citadas en esta página mencionan sobre todo dos documentos: la declaración del cuidador y la propuesta de tutor. Los siete de abajo son los del Paquete de preparación familiar de RightForms, explicados aquí para que quede claro quién firma cada uno y qué límites tiene. Ninguna ley obliga a tener alguno de ellos, y RightForms no elige los documentos por la familia.

Consentimiento para que el menor viva con otra persona (Consent for Minor Child to Live with Non-Parent, formulario de ejemplo de las cortes)

La guía de autoayuda de las cortes de California ofrece este formulario de ejemplo, en inglés, para un consentimiento informal: los padres permiten que los niños vivan con los cuidadores que nombran, entre dos fechas, y marcan lo que esos cuidadores pueden hacer por los niños, como consentir atención médica, de la vista y dental, tomar decisiones escolares, viajar o recibir beneficios. Los padres firman ante un notary public; los cuidadores también firman. Según la guía de las cortes, un acuerdo así da al cuidador derechos para cuidar a los niños, pero no la custodia legal; un padre puede cancelarlo en cualquier momento, y una escuela o un médico puede no reconocerlo. El formulario es gratis en el sitio de las cortes.

Declaración jurada de autorización del cuidador (Caregiver's Authorization Affidavit, Family Code §6550 y §6552)

No es una carta poder: la firma el cuidador, no los padres, y solo cuando el niño ya vive en su casa, porque el formulario empieza con la declaración bajo juramento del cuidador de que el niño vive con él. Los puntos 1 a 4 sirven para inscribir al niño en la escuela y para la atención médica relacionada con la escuela; un pariente, según la definición del formulario, que llena también los puntos 5 a 8 puede consentir otra atención médica y dental. No necesita notary public ni tribunal, y desde 2026 el punto 8 acepta el número de una matrícula o tarjeta consular emitida por un gobierno. El formulario oficial es gratis en el sitio de las cortes; más detalles en la guía de la declaración del cuidador.

Propuesta de tutor (Nomination of Guardian, Probate Code §1500, §1502 y §2105(g))

El padre o la madre firma por escrito a quién propone como tutor si algún día se presenta una petición de tutela; la propuesta no nombra a nadie por sí sola, y el tribunal decide después de una audiencia. El Probate Code §1500 permite que un padre proponga tutor si el otro padre se une o da su consentimiento por escrito, o si, cuando se presenta la petición, el otro padre ha muerto, no tiene capacidad legal o no tendría que dar su consentimiento para una adopción. La propuesta puede entrar en vigor con una condición escrita, como la ausencia del padre (§1502(b)). El formulario GC-211 del Judicial Council (revisado en 2004) tiene una sección gratuita para proponer tutor, pero ningún punto para las circunstancias que la §2105(g) exige indicar en la propuesta para la tutela conjunta; la guía del ILRC explica cómo indicarlas junto con el formulario. Vea la guía de la propuesta de tutor.

Consentimiento médico (Authorization for Consent to Medical Treatment, Family Code §6910)

Lo firma el padre o la madre y permite que un adulto a cuyo cuidado se dejó al niño consienta su atención médica o dental. Es consentimiento para tratamiento, no custodia. La sección 6910 no fija fecha de vencimiento; en el formulario de RightForms los padres eligen la fecha final (la opción predeterminada es un año), y termina para cada niño cuando cumple 18 años. Vea la guía de la autorización médica para menores.

Autorizaciones HIPAA y FERPA (expedientes médicos y escolares)

Las firma el padre o la madre para que un adulto indicado en ellas reciba los expedientes del niño. Una autorización HIPAA (45 CFR §164.508) permite que el doctor o el hospital entregue a ese adulto la información de salud del niño; no es consentimiento para tratamiento. Un consentimiento FERPA (34 CFR §99.30) es el permiso firmado y fechado de los padres para que la escuela comparta expedientes escolares; los derechos FERPA pasan al alumno a los 18 años o al entrar a una institución de educación superior (34 CFR §99.3 y §99.5). RightForms los imprime en dos archivos separados.

Poder duradero para asuntos financieros (Durable Power of Attorney, Probate Code §4401)

Es el formulario oficial de poder de California (Uniform Statutory Form Power of Attorney). El padre o la madre, como otorgante, hace reconocer su firma ante un notary public, porque así lo exige la ley para este formulario (Probate Code §4402(c)); el apoderado puede actuar en las categorías que el otorgante marque con sus iniciales, como asuntos bancarios. Sirve para dinero y bienes, no para los niños. El formulario es gratis en la biblioteca jurídica del condado de Sacramento (en inglés); vea la guía del poder duradero de California.

Instrucciones de los padres para la escuela y la guardería, y hoja para el cuidador

Es la carta del plan de seguridad familiar, no un formulario establecido por la ley. Los padres la firman y fechan (no es bajo juramento, y el notary public es opcional); lista a sus cuidadores en orden y va dirigida a escuelas, guarderías, proveedores médicos, CPS y cualquier adulto que cuide a los niños, no a la policía ni a agentes de inmigración. No transfiere la custodia. Los datos privados (A-number, consulado, dónde están los documentos) van en una hoja aparte para la familia y el cuidador.

DocumentoQuién firmaPara qué sirveQué no haceFormulario oficial gratis
Consentimiento para que el menor viva con otra personaLos padres, ante notary public; los cuidadores también firmanCon quién viven los niños y las decisiones que marcan los padresDar la custodiaSí: formulario de ejemplo de las cortes
Declaración del cuidadorEl cuidador, cuando el niño ya vive con élInscripción escolar y atención médica relacionada con la escuela; más atención médica si es parienteDar la custodiaSí: formulario del Judicial Council
Propuesta de tutorAmbos padres, o uno con el consentimiento escrito del otro o en los demás casos del Probate Code §1500Dice al tribunal a quién proponen como tutorNo nombra al tutor: eso lo decide el tribunalSí: sección del formulario GC-211
Consentimiento médico (§6910)El padre o la madreUn adulto de confianza puede consentir atención médica y dentalDar la custodia—
HIPAA y FERPAEl padre o la madreEntrega de expedientes médicos o escolares a un adulto indicadoConsentir tratamiento—
Poder duradero (§4401)El padre o la madre, con firma reconocida ante notary publicDinero y bienesNada sobre la custodiaSí: texto oficial en una biblioteca jurídica del condado
Instrucciones de los padres para la escuela y la guarderíaLos padres (firmada, no jurada)Instrucciones por escrito y lista de cuidadoresDar custodia ni autoridad legal— (el paso gratuito es la tarjeta de emergencia)

¿Se puede dar la tutela de los hijos sin ir a la corte? En California solo un tribunal nombra a un tutor; la guía sobre el cuidado de los hijos sin ir a la corte lo explica y compara lo que los padres pueden dejar arreglado sin un juez. La carta de permiso de viaje para un menor que sale del país es un documento aparte, fuera de este paquete; vea la guía del permiso de viaje para menores.

¿Dónde consigo un plan de preparación familiar gratis?

Hay plantillas gratuitas muy usadas: el Plan de Preparación Familiar del ILRC en español (también en inglés) y el plan de muestra de la Oficina de Educación del Condado de Los Ángeles (en inglés), con hojas para contactos de emergencia e información médica de cada niño. Las cortes también publican gratis el formulario "Consent for minor child to live with a non-parent", un consentimiento informal que los padres firman ante un notary public.

RightForms es un programa para la parte de los documentos: usted responde un cuestionario en español y el programa llena los PDF en inglés, con instrucciones para firmar cada uno. No da asesoría legal ni presenta nada ante ninguna oficina; vea cómo funciona RightForms.

¿Pueden preguntar mi estatus migratorio en la escuela?

Por regla general, no. El Education Code §234.7(a)(1) dice que el personal de la escuela no puede recopilar información ni documentos sobre la ciudadanía o el estatus migratorio de los alumnos o sus familiares, salvo que lo exija una ley estatal o federal o haga falta para administrar un programa educativo con fondos estatales o federales. El Health and Safety Code §1597.640(a) pone una regla parecida para guarderías con licencia y programas preescolares estatales exentos de licencia.

¿Dónde guardar los documentos y quién recibe copias?

  • Los originales firmados se guardan con los papeles de la familia, y al menos un cuidador sabe dónde están.
  • Cada cuidador recibe copia de los documentos donde aparece su nombre; la hoja para el cuidador solo la recibe el cuidador de confianza.
  • El cuidador con la declaración del cuidador entrega copias a la escuela y a los proveedores médicos, y debe avisarles si el niño deja de vivir con él; la declaración deja de servir cuando reciben ese aviso (Family Code §6550(f)).
  • La carta de instrucciones de los padres se entrega a una escuela o guardería solo si la familia está de acuerdo con todo lo que dice.
  • La propuesta de tutor se usa si se presenta una petición de tutela; no se presenta sola ante el tribunal.

Lo que esta página no responde

Estos casos dependen de los hechos de cada familia y necesitan asesoría individual:

  • un caso u orden de custodia, divorcio, tutela o del tribunal de menores, que manda sobre cualquier documento de esta página;
  • un padre que no está de acuerdo, que no se puede localizar o que no firma la propuesta;
  • niños que viven o se van a mudar a otro estado (son documentos de la ley de California);
  • decisiones de educación especial y decisiones sobre la salud del propio padre o madre (un poder para asuntos financieros no las cubre);
  • cualquier cosa sobre el caso migratorio.

Los centros de autoayuda de las cortes ayudan gratis con formularios de familia y tutela, LawHelpCA tiene un directorio de ayuda legal, y el directorio nacional de servicios legales de inmigración lista organizaciones sin fines de lucro.

Preguntas frecuentes

¿Es lo mismo que un plan de emergencia familiar?

No del todo. "Plan de emergencia familiar" casi siempre se refiere a desastres, como terremotos o incendios. El plan de preparación familiar de esta página trata de quién cuida a los niños si detienen o deportan a un padre. Muchas familias tienen los dos.

¿Si me deportan me puedo llevar a mis hijos?

Es una pregunta migratoria y esta página no la responde. Un abogado de inmigración o una organización sin fines de lucro (vea el directorio de arriba) puede orientarle sobre su caso. Los derechos del otro padre y cualquier orden de custodia pueden determinar si los niños salen del país; es una pregunta para un abogado de derecho familiar. Si los niños van a viajar fuera del país con uno de los padres o con otro adulto, la guía del permiso de viaje para menores explica la carta de consentimiento para el viaje.

¿Hay que firmar el plan ante un notary public?

No hay un solo plan que firmar; cada documento tiene su regla. La declaración del cuidador no necesita notary public. El poder duradero de California exige que la firma del otorgante se reconozca ante un notary public (Probate Code §4402(c)). La propuesta de tutor es un escrito firmado (Probate Code §1502(a)); para la carta de instrucciones de los padres el notary public es opcional, y el formulario de las cortes para que el menor viva con otra persona pide que los padres firmen ante notary public.

¿Tienen que firmar los dos padres?

Depende del documento. La declaración del cuidador la firma el cuidador, no los padres. Una propuesta de tutor de un solo padre vale únicamente con las condiciones del Probate Code §1500, por ejemplo si el otro padre da su consentimiento por escrito. El poder lo firma el padre o la madre que da las facultades.

¿RightForms ayuda con el caso migratorio?

No. RightForms es un programa para preparar documentos familiares de California; no prepara ni presenta solicitudes de inmigración y no da asesoría legal.

Fuentes

  1. Education Code §234.7 — Legislatura de California
  2. Education Code §49408 — Legislatura de California
  3. Health and Safety Code §1597.640 — Legislatura de California
  4. Family Code §6550 y §6552 — Legislatura de California
  5. Family Code §6910 — Legislatura de California
  6. Probate Code §1500, §1502 y §2105 — Legislatura de California
  7. Probate Code §4402 — Legislatura de California
  8. 45 CFR §164.508, 34 CFR §99.30 y 22 CFR §51.28 — eCFR
  9. Promoting a Safe and Secure Learning Environment for All: guía y modelos de política para escuelas TK-12 (diciembre de 2025) — Procurador General de California
  10. Immigration resources: help for children and families — Cortes de California, guía de autoayuda
  11. Options other than a guardianship — Cortes de California, guía de autoayuda
  12. Caregiver's Authorization Affidavit (formulario, revisado el 1 de enero de 2026) — Judicial Council de California
  13. Formulario GC-211: Consent of Proposed Guardian, Nomination of Guardian — Judicial Council de California
  14. Consent for minor child to live with a non-parent — Cortes de California, guía de autoayuda
  15. AB 495 (2025–2026), Family Preparedness Plan Act of 2025, capítulo 664 de las leyes de California de 2025 — Legislatura de California
  16. Plan de Preparación Familiar — Immigrant Legal Resource Center (lectura adicional)
  17. Sample Family Preparedness Plan — Oficina de Educación del Condado de Los Ángeles
  18. Power of Attorney (California Uniform Statutory) — Biblioteca jurídica del condado de Sacramento
  19. LawHelpCA — Legal Aid Association of California
  20. National Immigration Legal Services Directory — Immigration Advocates Network

Esta página explica la ley en términos generales. No es asesoría legal para su situación, y leerla no crea una relación abogado-cliente. Para recibir asesoría sobre su familia, hable con un abogado con licencia en California o con una organización de servicios legales sin fines de lucro.